La historia de Karin ayudó a que se transforme en ley, una ley que busca prevenir, investigar y sancionar el acoso laboral en nuestro país y que no vuelvan a ocurrir hechos tan trágicos este.
Karin Salgado fue una TENS que trabajó durante 14 años en el hospital de Herminda Martin de Chillán. Karin siempre tuvo vocación para ayudar a los demás y eso lo demostró en su trabajo atendiendo a sus pequeños pacientes con cariño y dedicación. Sus familiares, amigos y colegas la describieron como una gran persona en donde su humanidad resaltaba por sobre los demás en especial en la Unidad de Pediatría, lugar en donde se desempeñaba y entregaba todo el amor y cuidado a sus “pacientitos”.
Sin embargo, luego del inicio de un sumario por una situación de hurto de insumos, en donde fue llamada como testigo, terminó siendo sancionada, sanción que también afectó su salario llegando a recibir solo el 50%. En una carta póstuma a su muerte detalla todo lo ocurrido y el acoso que sufrió a partir de aquel sumario. En donde indica que prácticamente todos sus colegas y en especial su jefatura le dieron la espalda, “Esto me ha hecho mucho daño al punto de llorar y sentirme vulnerable de estar frente a personas de mayor rango y, como se dice, el hilo se corta por lo más delgado”- palabras de Karin en la carta.
Karin acudió a Contraloría y apeló enviando una carta exponiendo su caso y sus gastos, ya que, con el 50% menos de su salario era imposible cubrir sus gastos mínimos y básicos. Pero Contraloría determinó que desde lo formal la resolución estaba correcta. Karin se quedaba con las manos atadas.
En octubre de 2019 tuvo su primer intento de suicidio, hubo colegas que intentaron ayudarla solicitando ayuda mental, pero no le proporcionaron esa ayuda de manera inmediata ni la derivaron a otras entidades como ACHS. Un amigo y colega de Karin le proporcionó ayuda pagando una consulta con un especialista en salud mental. ya que, ella no estaba bien, no comía, no dormía, desde aquel sumario y sanción todo en su vida de derrumbó.
El 12 de noviembre de 2019 Karin Salgado de 40 años, decidió quitarse la vida.
Ley Karin toma fuerza en el ámbito laboral de nuestro país
Esta nueva ley, Ley Karin (Ley N° 21.643) fue publicada en el Diario Oficial el 15 de enero de este año y entrará en vigencia el 01 de agosto de este año. Esta ley obliga a las empresas públicas y privadas a tener un Protocolo de prevención del acoso sexual, laboral y violencia en el trabajo. El protocolo debe contener al menos la identificación de los peligros y evaluación de riesgos psicosociales, medidas para prevenir y controlar estos riesgos, medidas para prevenir el acoso sexual, laboral y la violencia, las medidas de resguardo de la privacidad y honra de todos los involucrados, medidas para informar y capacitar a los trabajadores.
Ley Chile – Ley 21643 – Biblioteca del Congreso Nacional (bcn.cl)
Esta ley penaliza más de 15 conductas prohibidas en el trabajo:
- Por iniciativa de un superior restringir a un subordinado las posibilidades de hablar.
- Cambiar la ubicación de un trabajador separándolo de sus compañeros.
- Prohibir a los compañeros que hablen a un trabajador determinado.
- Obligar a alguien a ejecutar tareas en contra de su conciencia.
- Juzgar el desempeño de un trabajador de manera ofensiva.
- Cuestionar injustificadamente las decisiones de un trabajador.
- No asignar tareas a un trabajador, asignarle tareas sin sentido o asignarle tareas muy por debajo de sus capacidades.
- Asignar tareas degradantes a un trabajador.
- Asignar tareas con datos erróneos a un trabajador.
- Rehusar la comunicación con un trabajador a través de miradas y gestos, no comunicarse directamente con ella o no dirigirle la palabra.
- Tratar a un trabajador como si no existiera.
- Criticar permanentemente la vida privada de un trabajador.
- Terror telefónico llevado a cabo por el acosador.
- Hacer parecer estúpido a un trabajador.
- Dar a entender que un trabajador tiene problemas psicológicos.
- Mofarse de las discapacidades de un trabajador.
- Imitar con burla los gestos y voces de un trabajador.
- Mofarse de la vida privada de un trabajador.
¿Tu empresa está preparada para implementar las medidas que exige esta ley?
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